PROHIBICIONES DE CIRCULACIÓN PARA VEHÍCULOS EN HUNGRÍA

 

(DESDE EL 01.01.2020 HASTA EL 31.12.2020)

 

Prohibición: Para camiones, tractores agrícolas y remolques de más de 7,5 t.PMA.

 

Localización: Toda la red de carreteras y autopistas.

 

Período:

 

Del 1 de Julio al 31 de agosto:

 

Del sábado a las 15h00 al domingo a las 22h00.

 

De la víspera de días festivos a las 22h00 a las 22h00 de días festivos.

 

Del 1 de septiembre al 30 de Junio:

 

De las 22h00 de la víspera de domingos y festivos, a las 22h00 de los domingos y días festivos.

 

Nota: Aquellos festivos que precedan o sigan a un sábado o a un domingo durante los citados períodos de prohibición, ésta permanece en vigor desde el primer día a las 08h00 hasta el último día a las 22h00, sin interrupción.

 

No se aplica la prohibición para los vehículos EURO 3 o más que efectúen tráfico internacional durante el periodo invernal, desde el 4 de noviembre al 1 de marzo.

 

Excepciones:

 

– Transportes de animales vivos, leche fresca, productos lácteos frescos, carne fresca o congelada y sus derivados, legumbres, huevos, los productos de panadería frescos u otras mercancías perecederas, y los vehículos relacionados con estos transportes y que circulen en vacío.

 

– Transporte de flores cortadas o de plantas exclusivamente.

 

– Mudanzas de particulares.

 

– En el marco de actos culturales, comerciales o deportivos (incluidos los transportes relativos a grabaciones de radio, televisión o cine) los vehículos que transporten equipamientos o animales vivos.

 

– Servicios postales, periódicos.

 

– En el marco del transporte combinado, según el acuerdo entre la UE y la República de Hungría, los vehículos que circulen entre la combi-terminal y el lugar de carga o descarga, o entre la combi-terminal y el puesto fronterizo más cercano.

 

– Transportes humanitarios (con la documentación apropiada).

 

– Tractoras EURO 3 o más, con un PMA que no exceda las 7,5 t. (sin el semi-remolque).

 

– Vehículos EURO 3 o más, que transporten gas líquido.

 

– Vehículos que se dirijan desde la frontera húngara hacia el aparcamiento más próximo designado por las autoridades para este fin.

 

– Durante las prohibiciones estivales, los vehículos que se dirijan desde la frontera hasta sus empresas en Hungría o hasta el primer lugar de descarga.

 

– Los vehículos provenientes de o hacia terminales ferroviarias, portuarias o aeroportuarias (entre los locales del expedidor o del destinatario y la terminal o el puerto/aeropuerto más próximo) de mercancías recibidas o expedidas durante el período de la prohibición.

 

– Vehículos de las fuerzas armadas, policía, servicios de seguridad nacionales, autoridades penitenciarias, bomberos, defensa civil, autoridades aduaneras, Autoridades Transportistas Nacionales, ambulancias.

 

– Vehículos destinados a la prevención y asistencia en casos de desastre.

 

– Vehículos usados en casos de accidente o avería.

 

– Vehículos inmersos en trabajos comunitarios (incluidos servicios de limpieza de la ciudad, recogida de basuras, servicios de reparaciones de mobiliario urbano).

 

– Vehículos usados en la construcción, mantenimiento, reparación y limpieza de carreteras, vías ferroviarias y mobiliario urbano.

 

– Vehículos usados para el transporte de cereales o forraje recolectados o para la reubicación de maquinaria agrícola o vehículos lentos.

 

Nota: Los conductores de transporte de mercancías, tractores agrícolas y sus semirremolques de más de 7.5t que están exentos de las restricciones, desde el 1 de julio al 31 de agosto, todos los vehículos que estén autorizados a circular no podrán hacerlo, sin embargo, sí podrán en las siguientes carreteras:

 

La autopista M7.

 

  • La carretera principal nº 2, entre Budapest y Parassapuszta.
  • La carretera principal 2A.
  • La carretera principal nº 6, entre Dunaujvaros y Budapest.
  • La carretera principal nº 7.
  • La carretera principal nº 10, entre Dorog y Budapest.
  • La carretera principal nº 11, entre Esztergom y Budapest.
  • La carretera principal nº 12.
  • La carretera nº 1201. j.
  • La carretera principal nº 51, desde el cruce con la principal 510 hasta Dömsöd.
  • La carretera principal nº 71.

 

Los siguientes tramos de la carretera principal nº 76:

 

  • entre sus cruces con las carreteras principales nºs. 71 y 7.
  • entre Zlaapáti y la carretera principal nº 71.
  • La carretera principal nº 55 entre Alsónyék y Baja.
  • La carretera principal nº 82, entre la carretera principal nº 8 y Veszprémvarsány.
  • La carretera principal nº 84, entre Sümeg y la carretera principal nº 71.
  • La carretera principal nº 33, entre Dormánd y Debrecen.
  • La carretera principal nº 86, entre Janossomorja y Nemesböd, y entre Körmend y Zalabaska.
  • La carretera principal nº 37, entre Miskolc y Satoraljaujhely.
  • La carretera principal nº 38, entre el cruce con la principal nº 37 hacia Rakamaz.

 

NOTA: Las solicitudes de excepción deben ser presentadas ante las autoridades nacionales de transportes:

 

Nemzeti Közlekedési Hatóság

 

Pf 102

 

1389 Budapest Pf.102

 

office@nkh.gov.hu

 

URL: www.nkh.hu

 

Los conductores han de estar en posesión de los documentos que prueben la excepción, y presentarlos a las personas competentes que se los exijan.

 

Prohibiciones complementarias:

 

Prohibición: Vehículos de mercancías de más de 20 toneladas de MMA.

 

Localización: Carretera principal nº 86 entre Mosonmagyaróvár y Csorna.

 

Período:

 

Desde el 1 de marzo, la prohibición general nocturna será reemplazada por una prohibición total.

 

El tráfico de carga, después de la introducción de las modificaciones, podrá utilizar un sistema más seguro entre Mosonmagyaróvár y Csorna, en la autopista M1 y la carretera M85.

 

Se espera que la medida tenga un efecto positivo en los asentamientos en carretera, que serán menos expuestos a las emisiones ambientales.

 

Días festivos

 

1 Enero. Año Nuevo

 

15 Marzo. Día de la Revolución

 

10 Abril. Viernes de Pascua

 

12 Abril. Pascua

 

13 Abril. Lunes de Pascua

 

1 Mayo. Fiesta del Trabajo

 

1 Junio. Lunes de Pentecostés

 

20 Agosto. Fiesta Nacional

 

23 Octubre. Día de la República

 

1 Noviembre. Todos los Santos

 

25 Diciembre. Navidad

 

26 Diciembre. Sant Esteban

 

NOTA: Durante los días “no laborables” no habrá restricciones, excepto cuando caigan en la víspera de un “día festivo”.

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