El Acuerdo de Comercio y Cooperación firmado a finales del año pasado entre el Reino Unido y la Unión Europea, no cubre el transporte entre dicho país y países “terceros”, no pertenecientes a la UE.

Como ya sabemos, el transporte bilateral entre el Reino Unido y cualquier país de la UE se puede realizar con la licencia comunitaria habitual, así como un máximo de dos operaciones de cabotaje en suelo británico.

Hasta el momento, las disposiciones no se han aplicado de forma estricta por las autoridades del Reino Unido, pero a partir del 1 de enero de 2022, para el transporte entre el Reino Unido y los países no pertenecientes a la UE será necesario un permiso CEMT.

*Los Estados miembros de la CEMT son: Albania, Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Chequia, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.

Según las instrucciones del Reino Unido, ese permiso será necesario para todo el transporte entre el Reino Unido y países no pertenecientes de la UE, sin diferenciar el caso de que sean países pertenecientes a la CEMT, como por ejemplo Ucrania y Rusia, o países no pertenecientes a la UE y tampoco a la CEMT, como es el caso de Marruecos o Argelia.

En estos casos, el transportista deberá disponer también de permisos del contingente bilateral, en el caso de transportista español, por tanto, se trata de permisos del contingente del acuerdo bilateral España-Marruecos.

Es importante señalar, como ejemplo, que si un semirremolque cargado en Marruecos con destino Reino Unido, y que cruce hasta Algeciras en barco (o cualquier otro del territorio de la UE), al ser remolcado por una tractora matriculada en un país de la UE, estas exigencias decaen y pasaría a ser tratado como un transporte entre la UE y el Reino Unido, sujeto exclusivamente a lo acordado para el Brexit a finales del 2020.

 

 

ASTIC | 29-09-2021

 

 

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